Veraz De Empresas (Argentina)

Julio 12, 2008

Como detectar y protegerse de empleos promiscuos

Este es un tema que estamos siguiendo muy de cerca, con postulantes, abogados, gente del Ministerio de Trabajo, acerca de prácticas engañosas de ciertas consultoras de personal, que prohijan la promiscuidad laboral, ofreciendo empleos mediocres con avisos engañosos. Por lo general proceden de este modo:

Como detectarlos:

  • En la mayoria de los casos, los avisos solicitan datos en correos del tipo curricula27262@hotmail.com
  • No poseen emails con dominio propio, ejemplo rrhh@empresa.com.ar: Algunas arguyen que necesitan la privacidad para que no las bombardeen con los curriculos. Nada mas falso: si asi fuera, no publicarian los avisos tan repetidos. Con el dominio, deben darse a conocer. Escondiendose, esconden sus operaciones.
  • Bajo el rotulo “total reserva” se esconden a si mismas.
  • Publican rara vez en medios convencionales y siempre en los portales gratuitos.
  • Repiten mucho los mismos avisos: esto es una señal peligrosa. Tenemos informacion confirmada que algunas consultoras arman una base de datos, con datos privados, donde ellos mismos investigan esos datos, los cruzan con Veraz u otros buscadores y estas mismas consultoras se convierten en una suerte de ‘Veraz laboral’, donde informan a otras compañias acerca de los datos intimos que los postulantes ofrecieron respondiendo a avisos falsos. Para la sociedad son consultoras de empleo, pero para las empresas, ofrecen un servicio ‘pseudo Veraz laboral’, tomando los datos de incautos que les envian las curriculas.

Como proceder:

  • No postularse a puestos ofrecidos en portales gratuitos. Si se lo hace, averiguar todos los datos posibles de quien publica el aviso.
  • Si el aviso cita un sitio web, visitarlo. Y chequearlo cuidadosamente. En Internet es posible averiguar el titular del dominio .com o .com.ar que publica esa web utilizando el servicio WHOIS. Hemos detectado casos de webs falsas, supuestamente de empresas americanas que dan telefono y direcciones, que hemos chequeado y NO EXISTEN. Cualquiera puede tener un sitio web y poner cualquier cosa en el. Incluso isologotipos generados en la web y fabricados adrede para impresionar. Ustedes saben lo facil que es pegar un isologotipo a una pagina y simularle clientes o datos. En nic.ar pueden averiguar datos del dominio de la empresa, si es de Argentina.
  • Si se publican telefonos, concertar primero una llamada y sacarse la dudas. De acuerdo a esa llamada ustedes pueden saber la seriedad del puesto.
  • No brindar el dato nro. de documento de identidad personal hasta conocer datos de la empresa. El nro. de documento puede ser usado para obtener creditos o documentos falsos para identidades mellizas para hacerlos actuar como testaferros, ignorando esa situacion. Un ejemplo muy grave son los telefonos celulares, donde a gente inocente les llegaron facturas de lineas adeudadas, que jamas solicitaron. Lo mas grave de todo: el robo de Identidad. Repetimos: no brindar este dato hasta saber muy bien con quien estamos tratando. En esto caso, mencionar los alcances y terminos del Habeas Data y la Ley de Proteccion de Datos Personales. Si del otro lado de la linea se ofenden o no aceptan esta condicion, ese empleo no es serio.
  • Conocer los terminos y alcances del Habeas Data. En este blog hemos colocado referencias.
  • Preguntar en AFIP o Ministerio de Trabajo acerca de la compañia o consultora que publica los avisos. Alli pueden averiguar sus antecedentes.
  • No responder a avisos con correos gratuitos de Yahoo o Hotmail o cualquier aviso que no brinde detalles del puesto o de la compañia que solicita empleados.
  • Mucho cuidado con los siguientes portales: Computrabajo, UniversoBIT, Zonajobs , Execuzone. Son portales gratuitos donde cualquiera puede poner avisos. En esos portales no se chequea la seriedad de los mismos.

Pronto publicaremos aqui los resultados de un estudio de las compañias y consultoras que repiten sospechosamente los avisos pidiendo postulantes.

Julio 3, 2008

Facturar servicios cumpliendo horarios: ILEGAL

Gracias al aporte de un forista, pudimos quitarnos las dudas de algo que sucede en forma frecuente.

Uno de las creaciones durante la epoca de Menem, el sistema de IVA llamado MONOTRIBUTO. Asi, Argentina tiene hacheros en el monte de Chaco…con IVA monotributo. Empleadas domesticas monotributistas. En suma, trabajadores simples que actuan como pequeñas empresas, pero cumplen horarios. Esto es legal? NO.

Es tambien una de las perversas variantes del empleo en negro. Es hora que se sepa de una vez: EN EL MUNDO, LA FUERZA LABORAL ES EL FACTOR MAS REGULADO, dado que se trata de la principal actividad humana.

Los empresarios se escudan en los costos laborales. Esto ya paso de moda: la Argentina tiene el costo laboral mas barato de iberoamerica. Necesitan mas “flexibilidad laboral”. La tuvieron y la tienen de sobra, lo que explica que infringen la ley con esta clase de maniobras.

A tal efecto, un forista nos alcanzo un correo con una consulta que hizo al Ministerio de Trabajo de la Nacion. Aqui lo citamos.

[textual, omitiendo nombres para preservar anonimato]

Srs. Ministerio de Trabajo.

Quiero consultar sobre una practica que ocurre con mucha frecuencia en las empresas. Estas empresas solicitan personal pero les exigen cumplir un horario. No pagan aguinaldos ni vacaciones. Suelen hacer firmar contratos de servicios “externos” o “locacion de servicios” y solicitan factura tipo “C”.

Esto es normal? No se trata de una relacion laboral disfrazada de proveeduria? Cuando suceden inspecciones, estas firmas presionan a su personal para que mientan sobre los terminos de sus relaciones con estos jovenes profesionales. Si se detecta que esto es un comprotamiento anormal, para cuando esta reclacion laboral termina, ¿da pie para que el “empleado” inicie acciones legales a la empresa que lo contrato? En mi caso, estoy estudiando esto, dado que si la empresa niega su relacion conmigo, deberia mostrar mis facturas. Si no las tiene, en que incurre? Si las muestra y me indica que yo era “proveedor”, pero cumplia horarios sin beneficios, como empleado comun, que puedo hacer en ese caso? Que necesito como pruebas para iniciar realmente acciones legales contra la empresa que me contrato en esos terminos?

Saludos y muchas gracias

El Ministerio responde asi:

Ante su consulta, le informamos que según el art. 14 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 es fraude laboral del empleador cuando se encubre la relación de dependencia bajo figuras de contratación no laborales (como ejemplo: locación de servicios).

A modo orientativo mencionamos algunas notas tipificantes de la relación de dependencia:

  • Estar sujeto disciplinariamente al empleador (subordinación jurídica)
  • Dependencia económica (subordinación económica)
  • Estar sujeto a las directivas de organización del trabajo del empleador (subordinación técnica)
  • Cumplimiento de horario, y dentro de un mismo establecimiento.

De verificarse los dos primeros supuestos, la relación que vincula al trabajador con su empleador es laboral, aunque éste utilice otras figuras fraudulentas. Asimismo, le informamos que el art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 establece:

“El hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que por las circunstancias, las relaciones o causas que lo motiven se demostrase lo contrario. Esa presunción operará igualmente aún cuando se utilicen figuras no laborales, para caracterizar al contrato, y en tanto que por las circunstancias no sea dado calificar de empresario a quien presta el servicio.”

Por lo tanto, ante este hecho, el trabajador tiene derecho a reclamar mediante carta documento sus derechos laborales.

Para su conocimiento, le adjuntamos jurisprudencia relacionada con el tema:

–La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha sentado bases interpretativas respecto de esta cuestión en numerosas oportunidades. El cumplimiento de horarios, la verificación de una prestación continuada y permanente y la recepción de órdenes son determinantes a la hora de probar la existencia de la relación laboral (TERZANO, O. c/SALVO SA – CNTrab – SALA III – 29/9/1977).

–En autos NEUMAN KLAUS, G. c/BUENOS AIRES TUR SRL – CNTrab – SALA II – 8/6/1977, la Cámara define el concepto de “subordinación” señalando que se caracteriza concretamente por la obligación de permanecer a disposición del empresario según el horario establecido por este último. La dependencia jurídica se vincula en cambio con la facultad que habilita de hecho y de derecho al empleador para “reemplazar la voluntad del dependiente” en la realización del trabajo cuando así lo considere, incluso “en el momento culminante de la relación separarlo definitivamente de la organización empresaria” (cfr. VARGS, G. c/PEM-FLET – CNTRA – SALA IV – 20/12/1976).

Sugerimos asistirse por un profesional. Podrá consultar ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia, sobre la posibilidad de que le brinden asesoramiento legal gratuito.

Atentamente.
Centro de Asesoramiento Laboral
MTEySS

Hemos chequeado el correo, la dependencia citada, e hicimos la misma consulta al Ministerio y a un abogado y en efecto, esta informacion es totalmente veraz.

Queda confirmado: contratar personal, y hacerles facturar servicios cumpliendo horarios ES ILEGAL

Junio 18, 2008

El mito de las consultoras de seleccion de personal

Es usted objetivamente sensato o sensatamente objetivo?…preguntas estupidas como estas en las entrevistas de seleccion hechas por psicologos, una ciencia que no es ciencia. O te hacen un cuestionario estilo revista de chimentos cuyas respuestas son valuadas en puntos contra una matriz que les dice si eres bueno o no. Ni hablar si te muestran esas manchas detras de acrilicos que solo ellos entienden. Nada mas falso y acientifico. Aqui daremos a conocer cada caso de cada empresa o de cada consultora que toma esta clase de test, y deja afuera la habilidad de los candidatos o su preparacion. No hay legislacion sobre esto en Argentina. Entonces, aqui diremos quienes creen en esas tonterias.

Sabemos lo que decimos: la psicologia trata de interpretaciones y significados y estos son subjetivos. Por eso carece de hechos facticos y solo es chapuceria inservible, en la que un pais como la Argentina le prende velas. Psicologos frente a psiquiatras, alquimistas frente a quimicos, astrologos frente a astronomos y la lista sigue. Reina la ignorancia que deja a miles competentes sin trabajo. Urge una ley que regule esta clase de entrevistas tomadas por cualquier imbecil que cree que un conjunto de manchas le dira si una persona es buena o no.

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